Art. 6
En vigor desde 21 jul 2007
1. La Presidencia de Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo recaerá en el titular del departamento competente en materia de consumo o en la persona que designe.
2. Las funciones de la Presidencia son:
a) Ejercer la más alta representación y la máxima dirección del instituto.
b) Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Dirección.
c) Velar por el cumplimiento de los objetivos asignados al instituto.
d) Informar al Gobierno y al Parlamento, cuando le sea requerido, de las actuaciones llevadas a cabo por el instituto.
e) Proponer al Consejo de Dirección los planes generales y los programas de actuación, así como los convenios de colaboración y cooperación que sea preciso establecer con otros organismos y entidades.
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Proeli/es-pv/l/2007/06/29/9#art-6