Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Áreas de rehabilitación concertada
Art. 132
En vigor desde 27 ago 2001
Los Programas de Rehabilitación Concertada se formalizarán y regularán en la forma establecida por la legislación sobre Rehabilitación de Espacios Urbanos.
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Proeli/es-md/l/2001/07/17/9#art-132