Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 13 dic 1997
El personal que en la actualidad presta servicios en la Consejería de Medio Ambiente en funciones de cartografía seguirá desempeñándolas en el Instituto Cartográfico Valenciano, manteniendo su relación jurídica con la administración de la Generalidad, sin merma de sus derechos.
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