Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 13 dic 1997
El personal que en la actualidad presta servicios en la Consejería de Medio Ambiente en funciones de cartografía seguirá desempeñándolas en el Instituto Cartográfico Valenciano, manteniendo su relación jurídica con la administración de la Generalidad, sin merma de sus derechos.
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