Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 10

En vigor desde 17 ene 2023
Para la integración de los negocios sucesorios contractuales hay que ajustarse a los principios sucesorios propios de las islas de Mallorca y Menorca recogidos, directa o indirectamente, en el articulado de la Compilación de Derecho civil de las Illes Balears.
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eli/es-ib/l/2022/11/11/8#art-10

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