Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Determinación de la tarifa para los usos no domésticos

Art. 28

En vigor desde 1 ene 2022
Se establece la siguiente tarifa del impuesto aplicable a los usos no domésticos: 1. Tarifa por estimación global de la contaminación a) Componente fijo. – Consumo inferior a 1000 m 3 anuales. 4,923 € por sujeto pasivo y mes. – Consumo igual o superior a 1000 m 3 anuales. 18,567 € por sujeto pasivo y mes. b) Componente variable. 0,648 € por metro cúbico. 2. Tarifa por carga contaminante a) Componente fijo. 18,567 € por sujeto pasivo y mes. b) Componente variable. – Materias en suspensión (MES). 0,4914 € por kilogramo. – Demanda química de oxígeno (DQO). 0,6836 € por kilogramo. – Sales solubles (SOL). 5,5209 € por Siemens metro cúbico por centímetro. – Materias inhibidoras (MI). 15,9411 € por kiloequitox. – Metales pesados (MP). 6,7064 € por kilogramo de equimetal. – Nitrógeno total (NT). 1,3409 € por kilogramo.
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eli/es-ar/l/2021/12/09/8#art-28

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