Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 48
En vigor desde 25 nov 2021
Las responsabilidades administrativas que se deriven del procedimiento sancionador regulado en la presente ley serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición a su estado originario de la situación alterada y de la indemnización por los daños y perjuicios causados.
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Proeli/es-cb/l/2021/11/17/8#art-48