Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 22 feb 2019
Los entes locales disponen de un plazo de 24 meses desde la entrada en vigor de esta ley para implantar la recogida diferenciada de la materia orgánica compostable, la poda, el aceite vegetal usado, los residuos textiles y los residuos peligrosos, todos de origen domiciliario.
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eli/es-ib/l/2019/02/19/8#disposicion-transitoria-tercera

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