Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 22 feb 2019
Los entes locales tienen que dar cumplimiento a la previsión del artículo 31.1 de esta ley antes de 24 meses desde su entrada en vigor.
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eli/es-ib/l/2019/02/19/8#disposicion-transitoria-quinta

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