Título TÍTULO IV
Art. 36
En vigor desde 26 jun 2020
A la Consejería competente en materia de participación le corresponden las siguientes funciones:
a) La propuesta de medidas de participación ciudadana a las consejerías de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
b) El fomento de las iniciativas de participación de la ciudadanía y sus organizaciones, facilitando los medios necesarios y velando por el correcto desarrollo de aquellas, en los términos previstos en el título I.
c) El asesoramiento y coordinación de las unidades de participación de las diferentes consejerías, así como la coordinación con la consejería competente en materia de hacienda en la elaboración de la orden que regule los procedimientos de participación presupuestaria, conforme al artículo 21.2 de la presente ley.
d) El impulso del desarrollo reglamentario, así como la elaboración y publicación de las directrices técnicas y metodológicas para el desarrollo de la ley, singularmente de redes, procedimientos e instrumentos participativos.
e) La gestión, coordinación y actualización del Portal de Participación Ciudadana de Castilla-La Mancha.
f) La tramitación, seguimiento y evaluación del programa anual de participación ciudadana, en los términos previstos en el capítulo IV, del título I de esta ley.
g) La elaboración, para su evaluación a la Comisión Interdepartamental de Participación Ciudadana, de una memoria anual sobre las actividades desarrolladas en materia de participación por las diversas consejerías de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como del resultado de los instrumentos y procedimientos de participación emprendidos, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a la consejería competente en materia de calidad de los servicios.
h) La propuesta, coordinación y desarrollo de las actividades de impulso y fomento de la participación establecidas en el título III de la presente ley.
i) Preparar el orden del día y realizar las convocatorias de la Comisión Interdepartamental de Participación Ciudadana.
j) Cualesquiera otras competencias y funciones relacionadas con su ámbito de actuación o que le sean atribuidas por la normativa vigente, en cada caso.
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Proeli/es-cm/l/2019/12/13/8#art-36