Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 36

En vigor desde 6 ago 2017
Las administraciones públicas y las empresas proveedoras de servicios de transporte público de personas viajeras incluirán en sus planes de gestión las actuaciones necesarias para garantizar el mantenimiento de las condiciones de accesibilidad que corresponda.
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eli/es-ib/l/2017/08/03/8#art-36

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