Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO III

Art. 137

En vigor desde 16 abr 2015
Contra las resoluciones dictadas por los órganos disciplinarios que agotan la vía federativa, escolar o universitaria podrá interponerse recurso ante el Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia en el plazo de quince días.
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eli/es-mc/l/2015/03/24/8#art-137

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