Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Régimen económico

Art. 29

En vigor desde 25 jul 2014
1. Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU, tendrá un patrimonio propio para el cumplimiento de sus fines. Los bienes y derechos tendrán la consideración de bienes patrimoniales. 2. La gestión, administración, explotación y disposición de los bienes y derechos que integran el patrimonio de la sociedad se regirán por lo dispuesto en esta ley, por las normas del Principado de Asturias reguladoras del patrimonio y, en su defecto, por el derecho privado.
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eli/es-as/l/2014/07/17/8#art-29

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