Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Organización

Art. 12

En vigor desde 25 jul 2014
1. La organización de Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU, se regirá por la legislación mercantil con las especialidades establecidas en esta Ley. 2. La administración y gobierno de Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU, corresponderá al Consejo de Administración, y la función ejecutiva al Director, que la ejercerá de acuerdo con los criterios e instrucciones aprobados por el Consejo de Administración. 3. Radiotelevisión del Principado de Asturias, SAU, constituirá un Consejo de Comunicación y un Consejo de Informativos.
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eli/es-as/l/2014/07/17/8#art-12

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