Art. 3

En vigor desde 8 oct 2013
Podrán integrarse en el Colegio Profesional de Periodistas de La Rioja aquellas personas que así lo soliciten y cumplan alguno de los siguientes requisitos: 1. Quienes se encuentren en posesión del título universitario de Licenciado en Periodismo o Licenciado en Comunicación Audiovisual, de conformidad, respectivamente, con el Real Decreto 1428/1991, de 30 de agosto, y con el Real Decreto 1427/1991, de 30 de agosto, o cualquier titulación equivalente a las anteriormente citadas homologada por la autoridad competente. 2. Quienes se encuentren en posesión del título oficial de Grado en Periodismo y Grado en Comunicación Audiovisual, de conformidad con la aplicación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, o cualquier titulación equivalente a las anteriormente citadas homologada por la autoridad competente. 3. Cualquier otra titulación equivalente a las anteriores u homologada por la autoridad competente.
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eli/es-ri/l/2013/09/27/8#art-3

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