Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Intervención en situaciones de desprotección grave§ Subsección 3.ª Cartera de servicios

Art. 74

En vigor desde 28 ene 2011
El servicio de centro de día, para las situaciones de desprotección grave, es una prestación garantizada del Sistema Público de Servicios Sociales que, en los términos recogidos en el artículo 27 de la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, prestará la atención necesaria a personas menores. La atención se producirá en los términos establecidos en el artículo 58 de esta Ley.
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eli/es-cb/l/2010/12/23/8#art-74

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