Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 18 mar 2021
En el procedimiento de autorizaciones administrativas de las instalaciones de parques eólicos serán de aplicación los artículos 50, 51 y 52 de la Ley 9/2021, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
Se añade por la disposición final 6.8 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero. Ref. BOE-A-2021-5210#df-6
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2009/12/22/8#disposicion-adicional-cuarta