Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 18 mar 2021
En el procedimiento de autorizaciones administrativas de las instalaciones de parques eólicos serán de aplicación los artículos 50, 51 y 52 de la Ley 9/2021, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia. Se añade por la disposición final 6.8 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero. Ref. BOE-A-2021-5210#df-6

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eli/es-ga/l/2009/12/22/8#disposicion-adicional-cuarta