Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 17

En vigor desde 30 dic 2009
Se añade un nuevo párrafo al artículo 19 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de espectáculos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid, con la siguiente redacción: «La presentación de solicitudes de autorización podrá ser realizada telemáticamente a través de la correspondiente aplicación en el portal informático de la Comunidad de Madrid.»
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eli/es-md/l/2009/12/21/8#art-17

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