Título TÍTULO VI

Art. Disposición final primera

En vigor desde 7 nov 2007
En lo no previsto en la presente Ley será de aplicación a los museos y colecciones museográficas de Andalucía lo dispuesto en la legislación general reguladora del patrimonio histórico.
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eli/es-an/l/2007/10/05/8#disposicion-final-primera

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