Título TÍTULO VI
Art. Disposición final primera
En vigor desde 7 nov 2007
En lo no previsto en la presente Ley será de aplicación a los museos y colecciones museográficas de Andalucía lo dispuesto en la legislación general reguladora del patrimonio histórico.
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Proeli/es-an/l/2007/10/05/8#disposicion-final-primera