Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 5
En vigor desde 9 mar 2007
Para el gobierno, representación y administración del Instituto se establecen los siguientes órganos rectores:
Presidente.
Vicepresidentes.
Director.
Consejo de Dirección.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2007/03/02/8#art-5