Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 32

En vigor desde 21 abr 2005
Las administraciones favorecerán las obras de adecuación para personas con movilidad y comunicación reducidas y las de adaptación a la normativa vigente, estableciendo las medidas de fomento que se regularán reglamentariamente.
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eli/es-vc/l/2004/10/20/8#art-32

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