Art. 2

En vigor desde 2 ene 2001
El ámbito territorial del Colegio Profesional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Aragón será el de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2000/11/28/8#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil