Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Creación de la tasa 00.43 Por ocupación en vías Pecuarias

Art. 16

Derogado
En vigor desde 1 ene 1998
Tendrá una bonificación del 80 por 100 del pago de la cuota las ocupaciones de terrenos para fines no empresariales y que no tengan el carácter de onerosos sin que se consideren como tales las economías familiares o de subsistencias.
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eli/es-an/l/1997/12/23/8#art-16

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