Art. 3

En vigor desde 3 dic 1985
La representación y defensa de la Junta de Extremadura y la de su Administración Institucional, en juicio y fuera de él, corresponde con carácter general al Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia y Trabajo de la Junta de Extremadura, que la ejercerá a través de los Letrados que se encuentren en cada momento integrados en el mismo o estén expresamente habilitados para ello.
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eli/es-ex/l/1985/11/26/8#art-3

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