Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 27
En vigor desde 14 dic 2024
En las actualizaciones y las modificaciones del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears, se debe tener en cuenta de manera específica la singularidad de Formentera a los efectos de impacto ambiental, visual y de consumo de territorio.
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Proeli/es-ib/l/2024/12/11/7#art-27