Título TÍTULO I
Art. 10
En vigor desde 14 dic 2024
El Consejo de Gobierno, mediante un acuerdo, debe aprobar una guía para simplificar los procedimientos de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley.
Los consejos insulares y el resto de entidades locales de las Illes Balears podrán aplicar esta guía en sus procedimientos.
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Proeli/es-ib/l/2024/12/11/7#art-10