Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 12 nov 2022
La constitución del organismo autónomo Instituto Cántabro de Administración Pública (ICAP) «Rafael de la Sierra» se producirá con la aprobación y publicación del Decreto por el que se aprueben los estatutos de este organismo autónomo, conllevará la extinción del organismo autónomo Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria-CEARC y la integración, en aquél, de todo el activo y pasivo con sucesión universal de derechos y obligaciones.
En consecuencia, el organismo autónomo queda subrogado, sin solución de continuidad, en la totalidad de los bienes, derechos y obligaciones afectos o constitutivos en virtud de sus funciones, sin que la alteración administrativa producida tenga ningún efecto extintivo, novatorio o modificativo en las relaciones jurídicas, públicas o privadas, en que sea parte la institución.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2022/11/03/7#disposicion-transitoria-primera