Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 31

En vigor desde 8 ago 2018
La comunidad autónoma de las Illes Balears promoverá el uso de las nuevas tecnologías que ayuden al empresario a organizar y desarrollar la actividad preventiva de manera sencilla cumpliendo los requisitos legales.
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eli/es-ib/l/2018/07/31/7#art-31

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