Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 30 jul 2018
En todos los casos en que sea obligatorio el uso integrador y no sexista del lenguaje, se observarán como mínimo las siguientes reglas:
1. Eludir el masculino genérico siempre que sea posible.
2. Feminizar los términos.
3. Utilizar términos abstractos, genéricos, colectivos, perífrasis o metonimias.
4. Omitir determinantes marcados. Se usa cuando no produce ambigüedad o indeterminación.
5. Optar por la simetría en el tratamiento.
6. Incorporar estrategias de legibilidad.
7. Recurrir a fórmulas de desdoblamiento únicamente cuando vengan exigidas para eliminar la ambigüedad o visibilizar explícitamente a las mujeres.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2018/06/28/7#disposicion-adicional-tercera