Capítulo CAPITULO IV

Art. Disposición final primera

En vigor desde 8 abr 2015
El importe para el ejercicio 2015, calculado con base en el coste efectivo de los servicios de prestación obligatoria mencionados en el artículo 26.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, publicado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en diciembre de 2014, asciende a dos millones de euros Para su abono se procederá a la generación del crédito correspondiente en la sección, servicio y aplicación presupuestaria destinada al Fondo Regional de Cooperación Municipal, como sección especial del mismo.
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eli/es-ex/l/2015/03/31/7#disposicion-final-primera

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