Art. Disposición adicional única

En vigor desde 17 abr 2015
El Gobierno de la comunidad autónoma de las Illes Balears elaborará en el plazo máximo de 12 meses desde el día siguiente a la entrada en vigor de esta ley, un plan integral que incluya las acciones y los objetivos para hacer realidad la existencia de una red de apoyo eficaz para los jóvenes incluidos en un programa de autonomía personal.
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