Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 29 nov 2012
Anualmente la Generalitat dotará los presupuestos necesarios para poner en práctica cuantas medidas se desarrollen en cumplimiento de lo preceptuado en esta ley.
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eli/es-vc/l/2012/11/23/7#disposicion-final-segunda

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