Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional (nueva)
En vigor desde 1 ene 2021
Se modifica el artículo 35 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, con la incorporación de un punto 6 y se añade una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:
6. La policía local de municipios de más de 20.000 habitantes dispondrán de un grupo especializado en la atención a mujeres víctimas de violencia de género y agresiones sexuales.»
Los grupos policiales a los que hace referencia el artículo 35.6 de la presente ley deberán estar creados antes del 1 de enero de 2023 y se constituirán en el marco de la colaboración con los cuerpos y fuerzas de seguridad de Estado.»
Se añade por el de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1859#a7-3
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Proeli/es-vc/l/2012/11/23/7#disposicion-adicional-nueva