Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 17 ene 2010
Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta ley y, específicamente, la Ley 1/2002, de 1 de marzo, de Servicios Sociales y la Ley 5/1998, de 16 de abril, de Derechos y Deberes de las personas usuarias, autorizaciones administrativas, infracciones y sanciones e inspecciones en el ámbito de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como la disposición adicional primera del Decreto 131/2007, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 32/2005, de 29 de abril, por el que se crean y regulan las prestaciones para cuidadores de personas mayores dependientes.
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eli/es-ri/l/2009/12/22/7#disposicion-derogatoria-unica

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