Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 1 feb 2021
La consejería competente incluirá en el Registro de entidades, centros y servicios de Servicios Sociales los alojamientos colaborativos para la promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia, y establecerá las disposiciones pertinentes para regular su autorización, acreditación, registro e inspección.
Se añade por el de la Ley 2/2021, de 29 de enero. Ref. BOE-A-2021-2766
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2009/12/22/7#disposicion-adicional-cuarta