Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 17 jun 2005
Mientras no se realice el desarrollo reglamentario que determina la presente ley, es aplicable el Decreto 336/2002 en todo lo que no se oponga a la presente ley o la contradiga.
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eli/es-ct/l/2005/06/08/7#disposicion-transitoria-primera

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