Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 19 ene 2005
Las relaciones de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con los ciudadanos se ajustarán a los principios de: a) Efectividad de sus derechos. b) Sencillez, claridad y proximidad a los ciudadanos. c) Participación. d) Buena fe y confianza legítima.
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eli/es-mc/l/2004/12/28/7#art-4

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