Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 19 ene 2005
La Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se organiza y actúa con pleno respeto al principio de legalidad y de acuerdo con los que a continuación se mencionan:
1. De organización:
a) Jerarquía.
b) Descentralización funcional.
c) Desconcentración funcional y territorial.
d) Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales.
e) Coordinación.
2. De funcionamiento:
a) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
b) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
c) Planificación, programación y desarrollo de objetivos y control de la gestión y de los resultados.
d) Responsabilidad por la gestión pública.
e) Racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión.
f) Cooperación y coordinación con las otras administraciones públicas.
g) Objetividad y transparencia.
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Proeli/es-mc/l/2004/12/28/7#art-3