Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 1 dic 2004
El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Cornalvo deberá elaborarse en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2004/11/19/7#disposicion-adicional-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil