Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 33
En vigor desde 19 feb 2004
Integran el Servicio Gallego de Salud los centros, servicios y establecimientos sanitarios creados por la Administración de la Xunta de Galicia o procedentes de transferencias, así como las entidades sanitarias de naturaleza pública que se le adscriban.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2003/12/09/7#art-33