Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria quinta
En vigor desde 28 may 2003
Los funcionarios de los cuerpos de administración general y de los cuerpos especiales de la Generalidad y del Departamento de Sanidad y Seguridad Social distintos de los de Salud Pública y Veterinarios que ejercen funciones atribuidas a la Agencia de Protección de la Salud en virtud de la presente Ley, así como funciones de administración y gestión y demás funciones auxiliares vinculadas a las mismas, quedan adscritos a la Agencia, mediante resolución del secretario o secretaria general del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, en las mismas condiciones que les son de aplicación en el momento de entrada en vigor de la presente Ley.
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Proeli/es-ct/l/2003/04/25/7#disposicion-transitoria-quinta