Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 28 may 2003
El Gobierno debe adoptar las pertinentes medidas para homogeneizar las condiciones de trabajo entre los distintos colectivos y categorías que integran la Agencia de Protección de la Salud.
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Proeli/es-ct/l/2003/04/25/7#disposicion-final-cuarta