Título TÍTULO I

Art. 9

En vigor desde 9 may 2002
Los fondos correspondientes a la aportación de la Comunidad al presupuesto del Instituto se librarán en firme y por meses anticipados, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para cada ejercicio.
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eli/es-cl/l/2002/05/03/7#art-9

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