Art. 9

En vigor desde 28 jun 2001
1. Al Director Gerente le corresponden la dirección, gestión y control inmediato de las actividades de la entidad, así como de sus recursos humanos, económicos y materiales, respecto de los cuales ejercerá las facultades ejecutivas que se señalen en los Estatutos y las que determine o delegue el Consejo de Dirección. 2. Será nombrado por Decreto del Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, entre personas de reconocida competencia dentro de las áreas relacionadas con las funciones de la entidad.
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eli/es-ar/l/2001/05/31/7#art-9

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