Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 46
En vigor desde 7 jul 2001
Son empresas de restauración, cualquiera que sea su denominación, aquellas que se dedican de forma habitual y profesional, mediante precio, a servir al público comidas o bebidas para consumir, de forma preferente, en sus establecimientos.
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Proeli/es-as/l/2001/06/22/7#art-46