Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final primera

En vigor desde 16 ene 2002
Se autoriza al Gobierno de Cantabria para que dicte las disposiciones necesarias para desarrollar y aplicar la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2001/12/19/7#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil