Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 2
En vigor desde 8 ago 2000
Se entiende por actividad estadística la obtención, recopilación y elaboración metódica de datos, su análisis, organización, presentación, comparación y conservación, y la deducción de consecuencias, así como la publicación y difusión de los resultados.
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Proeli/es-cl/l/2000/07/11/7#art-2