Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 4 may 1998
Queda derogado el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la Ley 36/1988, de 5 de diciembre, de Arbitraje.
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eli/es/l/1998/04/13/7#disposicion-derogatoria-unica

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