Art. Disposición final única

En vigor desde 10 abr 1995
Se autoriza al Consejero de Hacienda para la adopción de las disposiciones necesarias en desarrollo de la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/1995/03/28/7#disposicion-final-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil